
obten tu póliza de cumplimiento
Nuestro equipo está listo para atender tu solicitud. Revisamos tu contrato/proceso y te acompañamos en la cotización y emisión de tu póliza.
traquilo, nosotros te ayudamos
Nos apasiona asesorar a todo tipo de clientes: Los que no saben que es una póliza de cumplimiento, los que algo conocen y los que son unos expertos.
Póliza Ante particulares
Para contratos celebrados por organizaciones (empresas, asociaciones, propiedades horizontales, fundaciones, etc.) de orden privado.
Póliza Ante Entidades Estatales
Para contratos celebrados ante entidades públicas, como ministerios, gobernaciones, alcaldías, etc.
póliza para disposición legal
Para el cumplimiento de las resoluciones que otorgan estímulos, comisiones de estudios, uso de espacios, entre otros.
Simplificamos el proceso!
1
Identificamos tu necesidad
Verificamos el contrato, resolución o documento respectivo para estudiarlo y conocer tu necesidad.
2
Cotizamos
Te entregamos una cotización de tu póliza y te informamos los documentos que nos debes suministrar para obtenerla.
3
Emitimos
Nuestro equipo se encarga de expedir tu póliza, guiarte en el proceso de pago y entrega de los documentos.
Hemos ayudado a cientos con sus pólizas








Preguntas frecuentes
Acá están las respuestas a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes.
La determinación de la prima (valor que se paga) en un Seguro de Cumplimiento depende de múltiples factores cómo el Objeto, Valor, Forma de pago, Plazo de ejecución, Amparos requeridos, porcentajes y vigencias de los mismos.
Por ello siempre te solicitaremos el contrato (o pliego de condiciones cuando es una licitación) para cotizar.
Según sea el caso, tu póliza puede tardar desde un par de horas, hasta 3 días hábiles.
Nuestros equipo trabaja 8/5 para tener tu póliza en el menor tiempo posible.
No.
En la mayoria de casos, cuando te piden una póliza para el crédito que te están ofreciendo se trata de una estafa.
No.
Juridicamente hablando, el contrato de seguro (Póliza) de cumplimiento, es un contrato accesorio, es decir que solo puede existir por consecuencia o en relación con otro contrato anterior.
Hemos identificado que ésta es otra modalidad de estafa.
Según las condiciones del contrato, los requisitos pueden variar, sin embargo hay algunos puntos a tener en cuenta:
1. Debes contrar siempre con un contrato, orden de compra o documento que haga sus veces.
2. El acuerdo comercial debe ser celebrado por al menos una persona juiridica. No es posible asegurar contratos entre dos personas naturales.
La documentación necesaria por parte del contratista será la que soporte su información comercial, financiera y de experiencia.
Para concer más a detalle la documentación requerida te invitamos a contactar a uno de nuestros profesionales.
¿tienes más dudas? o ¿quieres iniciar tu proceso ahora?
Escribenos y uno de nuestros asesores te atenderan de la manera más pronta posible para responder tus preguntas y acompañarte en el proceso de emisión de tu póliza.